RECULL DE PREMSA
CONSELL ADVOCACIA CATALANA

 

            ÍNDEX   NOTÍCIES

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1.      La población reclusa española crece un 20% tras la implantación de los juicios rápidos

2.      El jurado considera a Francisca González culpable del asesinato de sus dos hijos en Santomera

3.      L´Audiència fixa un judici per una estafa perpetrada a Figueres fa 12 anys

4.      Demanen 5 anys a un jove per oferir cocaïna a un policia a l´Estartit

5.      EL TSJC dóna permís a un pres per visitar un familiar operat del septe nasal

6.      El fiscal impulsa el «caso Forcem» y pide imputar a seis cargos de UGT por el fraude de 100 millones

7.      Los Estados deben aplicar desde hoy la directiva europea sobre el correo electrónico no solicitado

8.      El Tribunal Supremo admite a trámite un recurso contra la campaña electoral municipal de Clos (PSC) en Barcelona

9.      El Constitucional levanta la suspensión cautelar de tres de los cinco artículos de la Ley Catalana de Universidades

10.  Jueces para la Democracia califica de indispensable el Registro Central para la Protección de la Violencia Doméstica

 

 

 

 

 

Mitjans utilitzats en la recerca:

 

 

 

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La población reclusa española crece un 20% tras la implantación de los juicios rápidos

 

 

MADRID.- El número de internos en las prisiones españolas se eleva a 55.953, lo que supone la cifra más elevada desde 1978. Además, la población penitenciaria aumentó un 20,79% entre los pasados meses de abril y octubre con respecto al mismo periodo del 2002, coincidiendo con el tiempo de implantación de los juicios rápidos.

 

Las mismas fuentes precisaron que 43.095 internos cumplen condena y el resto, 12.858, permanecen en prisión a la espera de la celebración del juicio, por lo que la población reclusa es la más elevada de los últimos 25 años. Además, el incremento experimentado en lo que va de año se sitúa en 7,51% con respecto a los diez primeros meses del 2002, periodo que registró 52.046 presos.

 

A su vez, el aumento más significativo, hasta el 20,79%, se ha producido en los últimos seis meses en relación con el mismo periodo del año pasado.

 

Así, a primeros del mayo de 2002 se contabilizaron 50.195 presos, cifra que aumentó en 1.851 a finales de octubre, frente a los 2.236 presos más entre los mismos meses de este año al pasar de que 53.717 a los 55.953, de ellos 51.466 hombres y 4.487 mujeres, que consignan las últimas estadísticas penitenciarias.

 

Este incremento, según precisaron las mismas fuentes coincide con la implantación el pasado 28 de abril de los Juicios Rápidos, pero no se debe a la celeridad de los procesos judiciales sino a la efectividad policial, entre otras causas.

 

         2003-11-03

         www.elmundo.es

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El jurado considera a Francisca González culpable del asesinato de sus dos hijos en Santomera

 

La defensa pide a la juez que tenga en cuenta la eximente de malos tratos

 

MURCIA.- El jurado popular ha encontrado culpable de dos delitos de asesinato a Francisca González Navarro, que fue juzgada en la Audiencia Provincial de Murcia, acusada de matar de manera alevosa a dos de sus hijos, de seis y cuatro años, en su vivienda de Santomera. El veredicto rechaza que las drogas anularan la consciencia de la parricida y pide que no se le conceda un indulto.

 

El jurado, que se muestra contrario a que se pueda solicitar un indulto para la acusada, considera que la procesada cometió los dos asesinatos siendo consciente de lo que hacía, y aunque estima que ingirió cocaína y alcohol, entiende que esto "no afectó ni a su conciencia ni a su voluntad".

 

El fiscal y la acusación particular han reiterado su petición de condena de 40 años de cárcel, pero la duración de la pena será fijada ahora en sentencia por la magistrada presidenta del jurado.

 

Los nueve miembros del jurado emitieron este veredicto después de permanecer reunidos desde primera hora en el Palacio de Justicia de Murcia.

 

Para los miembros del jurado, cinco hombres y cuatro mujeres, la procesada ejecutó el crimen en la madrugada del 19 de enero de 2002, "aunque el plan lo había concebido con anterioridad", según el veredicto.

 

Intento de eludir pruebas

 

Para ejecutarlo, Francisca "entró en el dormitorio del matrimonio, donde dormían sus dos hijos, y procedió a anudar al cuello de F.M., de seis años, el cable del cargador exigiéndole, al despertarse éste por la agresión, que se diera la vuelta y se pusiera boca abajo, para llevar a cabo su trabajo con mayor facilidad".

 

Añade el veredicto que el pequeño gritó en petición de auxilio, y aunque sus gritos fueron escuchados por el hijo mayor del matrimonio, de 14 años, "éste no acudió al dormitorio porque conocía que la madre les golpeaba con frecuencia y pensó que también en esa ocasión les estaba golpeando".

 

Afirman los jurados que "la madre apretó el cable hasta causar la muerte por asfixia a sus dos hijos menores, que, además de las señales características de la estrangulación que presentaban en los cuellos, tenían también otras lesiones en sus caras".

 

Tras cometer el doble crimen, Francisca González rompió el cristal de una ventana y escondió unas joyas para hacer creer que personas desconocidas habían entrado en la vivienda para robar.

 

Otras de las acciones realizadas por ella, añade el veredicto, fue "desprenderse de su pijama y meterlo en la lavadora, junto con la camiseta que llevaba el mayor de sus hijos fallecidos, todo ello, en un intento de eludir pruebas".

 

La droga no afectó a su consciencia

 

Los jurados dan por probado que la procesada "se drogaba desde varios años atrás, y que el día de los hechos consumió cocaína y unos fármacos, pero estima que "no afectó a su consciencia y voluntad".

 

También recogen que estaba celosa de su marido desde que se enteró de sus infidelidades "e incluso llegó a sentir miedo de él, ya que la pegaba con frecuencia y la maltrataba psíquicamente", pero considera que ello "no afectó en nada a su voluntad y consciencia".

 

Por su parte, el letrado de la defensa, Cándido Herrero, dijo que "una vez que el jurado ha dado por probados los malos tratos, que se tenga ello en cuenta y no se aplique la ley con el máximo rigor".

 

La magistrada-presidente indicó que la sentencia será dada a conocer en los primeros días de la próxima semana. Al finalizar el acto judicial de el viernes, Francisca González fue trasladada de nuevo a la prisión provincial de Murcia.

 

El veredicto más duro

 

En contra de lo que ha ocurrido todos estos días, desde que se inició la vista oral el pasado lunes, al acto de lectura del veredicto no acudió ni el esposo de la acusada, José Ruiz, ni una hermana de éste, que le ha acompañado en todas las sesiones del juicio.

 

Evaristo Llanos, el abogado de la acusación particular, ha asegurado que el veredicto de culpabilidad es el "más duro que se podía dar", y comentó que, tras darle la enhorabuena al marido de Francisca González, éste le había contestado que "la enhorabuena sería tener a sus hijos, no a su mujer en la cárcel".

 

         2003-11-03

         www.elmundo.es

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

L´Audiència fixa un judici per una estafa perpetrada a Figueres fa 12 anys

 

GIRONA.- L´Audiència de Girona ha previst celebrar aquesta setmana un judici per una estafa que presumptament es va perpetrar fa 12 anys a Figueres. L´imputat per aquest afer, M. C. C., seurà a la banqueta del Palau de Justícia perquè, segons assegura el fiscal, va desviar un total de 35.459 euros. El representant públic li demana tres anys de presó i que torni al banc perjudicat els diners que suposadament va perdre.

 

L´acusat, que fins al moment dels fets no tenia antecedents, presumptament va anar el 12 d´abril de 1991 a una sucursal de l´entitat Bankinter a Figueres i va aconseguir que el banc abonés «a terceres persones» deutes que eren seus. El Ministeri Públic concreta que M. C. C. va entregar un xec per valor de 26.444 euros d´un compte d´una altra entitat en representació d´una empresa. Igualment, tal com apunta aquesta part, va lliurar un altre taló de 9.015 euros per a una segona entitat. Quan el banc al qual es va adreçar el sospitós va intentar cobrar aquestes quantitats no va poder.

 

Van quedar impagats per falta de fons, «una circumstància que, en tot moment, coneixia l´imputat, el qual es va valer d´aquesta maniobra per aconseguir el desplaçament patrimonial al seu favor», aclareix la representació pública. DEG

 

         2003-11-03

         www.diaridegirona.es

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Demanen 5 anys a un jove per oferir cocaïna a un policia a l´Estartit

 

ddeg.Girona

 

Un noi que presumptament va oferir droga a un policia de servei que anava de paisà dins d´un bar de l´Estartit el 1999 s´enfronta a una petició de la Fiscalia de l´Audiència de Girona de cinc anys de presó i a una multa de 360,60 euros. El Ministeri Públic concreta que, després de conversar amb el sospitós, l´agent el va detenir i li va confiscar quatre paperines de cocaïna i una peça d´haixix. La sala penal del Palau de Justícia té previst jutjar aquest cas la pròxima setmana.

 

El succés es va desenvolupar la matinada del 28 de novembre de 1999, segons aclareix el fiscal al seu escrit de conclusions provisionals. Sobre les 0.45 hores, el mosso d´esquadra que va atrapar l´inculpat estava treballant, de paisà, dins d´un local de l´Estartit, a Torroella de Montgrí. Just en aquell moment, d´acord amb la versió dels fets de la representació pública, l´encausat es va apropar al policia i suposadament li va fer una proposta que el durà a la banqueta dels acusats de l´Audiència.

 

La Fiscalia manté que l´inculpat, el ciutadà marroquí F. B., li va preguntar si volia mig gram de cocaïna. Aquesta part fins i tot especifica el preu que li va presentar: 30 euros, 5.000 pessetes d´aleshores. En el moment en què el processat va finalitzar la seva intervenció, el mosso es va identificar, afirma l´acusació pública. Començaven els problemes per al sospitós, de 28 anys.

 

         2003-11-03

         www.diaridegirona.es

 

 

 

 

 

 

EL TSJC dóna permís a un pres per visitar un familiar operat del septe nasal

 

El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) entén que una operació amb anestèsia general de septe nasal ha de ser qualificada com a malaltia greu i que, per tant, és suficient circumstància per atorgar el permís penitenciari a un pres quan el pacient és un familiar seu, en aquest cas el seu germà. .

 

         2003-11-03

         www.diaridegirona.es

 

 

 

 

 

El fiscal impulsa el «caso Forcem» y pide imputar a seis cargos de UGT por el fraude de 100 millones

 

La Fiscalía Anticorrupción está impulsando la investigación que lleva a cabo la juez de la Audiencia Nacional Teresa Palacios sobre el presunto fraude de al menos 100 millones de euros detectado en 2001 en las subvenciones de los cursos de formación continua de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (Forcem). La cuantía total de esos fondos ascendió a 630 millones de euros.

 

En un escrito al que ha tenido acceso ABC, el fiscal Luis Rueda dirige a la juez Palacios varias peticiones: de un lado, que seis de las piezas separadas que componen la investigación sean remitidas a distintos juzgados para que investiguen hechos que, por su escasa relevancia, ya no son competencia de la Audiencia Nacional; en segundo lugar, reclama que la juez Palacios continúe la investigación de otros doce expedientes de formación; en tercer lugar, solicita que cite a declarar como imputadas a 17 personas, seis de ellas responsables de UGT; y finalmente pide el archivo de otras cuatro piezas separadas al considerar que de ellas no se derivan indicios delictivos. Ahora será la juez quien daba pronunciarse sobre estas peticiones.

 

Centrado ahora en un expediente

 

De esta manera, el fiscal centra ahora su atención en un expediente que afecta a la Federación Regional de Transportes, Común y Mar de la UGT de Madrid y, en relación a él, solicita que se tome declaración a esas 17 personas, seis de ellos responsables en distinta medida de UGT. Además, reclama a la Federación Estatal de Comercio todos los contratos y acuerdos suscritos con cualquier persona física o jurídica relacionados con los cursos de formación realizados en 2001.

 

El Ministerio Fiscal pide también a la juez que requiera a esa Federación los documentos que acrediten el ingreso en cualquier cuenta bancaria de las cantidades obtenidas como resultado de la concesión de los planes de formación; las facturas recibidas de la federación por la realización de las acciones formativas y la documentación que justifique los pagos realizados por este motivo, así como la relación de los recibos emitidos, con identificación de sus receptores cuando se trate de cheques, o de las cuentas corrientes beneficiarias cuando sean transferencias bancarias.

 

También opina que el juzgado debe reclamar idéntica documentación a la Federación Regional de Transportes y a su vez pide al INEM el listado de los expedientes que la Federación Estatal de Trabajadores de Comercio de UGT solicitó en 2001, así como los que finalmente le fueron aprobados, especificando las cantidades entregadas. El fiscal también se interesa por el estado de liquidación de los expedientes.

 

Denuncia de 2001

 

La investigación del «caso Forcem»proviene de una denuncia de la Fiscalía en 2001, en la que se alertaba de la posible existencia de fraude comunitario, apropiación indebida y falsificación de documentos en las subvenciones de los cursos de formación continua de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (Forcem) del ejercicio 2001.

 

Entre las irregularidades detectadas figuran cursos no impartidos, supuesta falsificación de facturas, alumnos y empresas inexistentes y el cobro de matrículas gratuitas.

 

En aquellos momentos, la denuncia del fiscal daba cuenta de la existencia de una «estructura de fingimiento, total o parcial (a veces cursos para cien personas se dan a cuatro o cinco), destinada a llegar fondos, de forma irregular y subrepticia, a la empresa o al sindicato». Las acciones formativas que investiga la Audiencia Nacional están financiadas con fondos de la Unión Europea y con el dinero que el INEM descuenta todos los meses de las nóminas de los trabajadores.

 

«Actos que pueden ser delictivos»

 

Ahora, el fiscal del caso mantiene su tesis de que hubo actos que «pueden revestir carácter delictivo» en parte de los cursos que fueron subvencionados. La Fiscalía ha llegado a esta conclusión después de analizar el contenido de las declaraciones que se han producido hasta ahora, de estudiar las actividades de seguimiento realizadas por el INEM, de valorar las investigaciones efectuadas por la Sección de Investigación de la Seguridad Social y de estudiar las múltiples pruebas documentales aportadas a la causa.

 

Otra de las peticiones del fiscal se dirige a la necesidad de desgajar de este procedimiento varios expedientes que, una vez investigados, demuestran que, si bien pudo haber alguna ilegalidad, «por su entidad no pueden repercutir en la seguridad del tráfico mercantil o en la economía nacional, ni generar perjuicio patrimonial en una generalidad de personas en el territorio de más de una Audiencia». Además, la comisión de estas presuntas ilegalidades no parece corresponder a una estructura organizada. En definitiva, hay algunos expedientes cuya investigación, a juicio del fiscal, no debe proseguir en la Audiencia Nacional, sino en otros juzgados como Pozuelo y Collado-Villalba (Madrid), Pamplona, Jerez (Cádiz) y La Coruña.

 

Por contra, otro grueso de expedientes debe seguir su instrucción en la Audiencia Nacional al observar el fiscal que «el carácter organizado de dichas conductas, que afectan a subvenciones públicas, sí les confiere capacidad para afectar a la economía nacional, especialmente si se repara en la gran cantidad de cursos subvencionados y de trabajadores implicados».

 

Anticorrupción distingue así entre las irregularidades «que pueden calificarse como simples casos de codelincuencia criminal que, en ocasiones, implican actividades relevantes realizadas en diferentes lugares», y las que gozan de «carácter organizado», de mayor gravedad.

 

Complejidad del proceso y piezas

 

Dada la complejidad de la investigación y el volumen de actuaciones judiciales que se están llevando a cabo para desentrañar el nudo de las irregularidades -y no tanto por la dificultad de entender el núcleo de la trama, sino por la gran cantidad de personas a las que habrá que tomar declaración-, la juez Palacios ha formado piezas separadas con los expedientes que en ellas se investigan.

 

En este contexto, el fiscal del caso precisa que en los doce expedientes identificados hasta ahora, excepto en uno, el solicitante de las subvenciones es la Federación Estatal de Trabajadores de Comercio, Hostelería, Turismo y Juego de la Unión General de Trabajadores. Por ello considera que, aunque la localización de las enseñanzas impartidas por esta federación esté dispersa por diferentes lugares de la geografía nacional, «existen indicios de que al menos parte de las irregularidades tienen rasgos coincidentes», lo que «obliga a investigar si tal pauta obedece a una mecánica prevista».

 

Solapamiento de cursos

 

Aunque en uno de los expedientes identificados por el fiscal, quien solicita la subvención sea la Federación Regional de Transportes, Común, Mar de la UGT de Madrid y no la Federación Estatal de Trabajadores de Comercio, el fiscal considera que debe ser la Audiencia Nacional quien mantenga la investigación de dicha pieza.

 

De hecho, la entidad gestora de los cursos ha sido la empresa mercantil Formación y Desarrollo de Empresas, Fodem, S.L., que a su vez es la encargada de la ejecución de los cursos de formación de dos de los expedientes investigados, en uno de los cuales el solicitante es la Federación Estatal de Trabajadores de Comercio y en el otro, la empresa Recursos Didácticos, S.L.. Entre ellas «se ha detectado un solapamiento en ciertas acciones formativas y alumnos».

 

Dadas estas circunstancias, el fiscal propone citar como imputados a diecisiete personas, cuatro de ellas vinculadas con la Federación Estatal de Trabajadores de Comercio, Hostelería, Turismo y Juego de UGT, entre los que se encuentra el secretario general de dicha federación, Francisco Domínguez, y las otras dos restantes relacionadas con la Federación de Transporte Comunicaciones y Mar.

 

La denuncia que en su día promovió la Fiscalía de la Audiencia Nacional -aunque ahora a la competencia del caso es de Anticorrupción- tiene su origen en otra que realizó una oficina del INEM, y a raíz de la cual el Grupo de Investigación de la Seguridad Social (GISS), una Brigada policial adscrita al Ministerio de Trabajo, investigó el 5% de los cursos subvencionados durante 2001 y detectó irregularidades en el 95% de ellos.

 

En aquel momento, el fiscal explicaba que la irregularidad que daba lugar a la presunta conducta delictiva aparece cuando la empresa o sindicato que ha recibido la financiación para ejecutar los cursos se apropia de los fondos y no los organiza.

 

El fiscal relata que dado que los planes de seguimiento del INEM comportan la inspección de cómo, dónde y cuándo se han realizado las acciones formativas y quiénes han participado en ellas, las empresas o los sindicatos tienen que presentar documentación acreditativa de que los cursos han tenido lugar, aunque en realidad no haya sido así.

 

Documentos inciertos

 

A tal efecto, la Fiscalía precisaba que se presentaron documentos que no corresponden a la verdad, en los que aparecen firmas de trabajadores que supuestamente habrían participado en los cursos, aunque no estuviera acreditado que así fue. También existen documentos en los que se acredita que el curso ha tenido lugar en determinada academia o centro, «cuando en realidad no ha sido así». En 2001 se realizaron 159.000 cursos y participaron 1.908.000 alumnos.

 

         2003-11-03

         www.abc.es

 

 

 

 

 

 

Los Estados deben aplicar desde hoy la directiva europea sobre el correo electrónico no solicitado

 

 

Los Estados miembros de la UE deben aplicar desde hoy la directiva europea (ley-marco) sobre la

privacidad y la protección de datos personales en las comunicaciones electrónicas, cuyo objetivo principal es luchar contra la proliferación del correo electrónico comercial no solicitado (spam).

 

Esta directiva, que entra hoy en vigor, establece reglas estrictas e impone obligaciones para garantizar la seguridad y la confidencialidad de las comunicaciones en las redes electrónicas de

la UE, incluidos internet y los servicios móviles, explicó hoy un portavoz comunitario.

 

La norma prohíbe el "spam" en toda la Unión Europea, así como camuflar la identidad del remitente del correo o la utilización de una dirección de expedición falsa, normas que se aplicarán también a los SMS (mensajes cortos a través de teléfonos móviles).

 

Además, define las condiciones que hay que respetar para instalar en los ordenadores personales los chivatos o "cookies".

 

Estos son los archivos que se instalan de manera automática en el disco duro de los ordenadores de las personas que se conectan a una página de internet y van registrando su paso por la red sin que

ellos lo sepan.

 

De esta forma, ni las "cookies" ni otros dispositivos invisibles de vigilancia, como los programas informáticos que espían (spyware), podrán recoger informaciones sobre los internautas ni podrán ser

utilizadas a menos que el usuario haya dado su autorización.

 

Igualmente señala las normas para explotar los datos de localización generados por los teléfonos portátiles, que sólo podrán ser utilizados si el usuario da su acuerdo explícito.

 

Las únicas excepciones se refieren a la transmisión de datos de localización para los servicios de urgencia y la transmisión a las fuerzas de seguridad, aunque bajo condiciones estrictas y sólo con

objetivos relacionados con la seguridad nacional o investigaciones criminales.

 

Según el comisario europeo de Sociedad de la Información, Erkki Liikanen, esta directiva "es un instrumento valioso que permitirá reforzar la confianza de los consumidores en internet y las

comunicaciones electrónicas".

 

Los Estados miembros podrán igualmente prohibir el envío de mensajes electrónicos no solicitados a las empresas, aunque para ello la Comisión Europea deberá publicar una comunicación específica

antes de fin de año.

 

Según estimaciones de la Comisión Europea, el pasado mes de agosto el correo no solicitado representaba el 50 por ciento del tráfico electrónico a nivel mundial y en 46 por ciento en la UE.

 

         2003-11-03

         www.abc.es

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El Tribunal Supremo admite a trámite un recurso contra la campaña electoral municipal de Clos (PSC) en Barcelona

 

(EP).-La Sala Tercera del Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso que la plataforma cívica Escons Insubmisos presentó contra una decisión de la Junta Electoral Central (JEC) sobre las pasadas elecciones municipales. El recurso se presentó contra el PSC por el presunto uso partidista que hizo de la publicidad institucional del Ayuntamiento de Barcelona durante la campaña electoral.

 

Los demandantes creen que el eslogan del candidato socialista y actual alcalde, Joan Clos, 'Vota BÉ', que no era una fórmula habitual de pedir el voto, aprovechaba la campaña institucional que realiza el Consistorio desde el año 2000 con los lemas 'Recicla B', 'Fem-ho B', 'Mou-te B' y similares.

 

La Junta Electoral Provincial, y posteriormente la JEC, desestimaron las quejas presentadas por Escons Insubmisos, "por no resultar las razones fonéticas esgrimidas, motivo bastante para resolver en los términos interesados".

 

El recurso, la competencia del cual correspondía hasta ahora al Tribunal Constitucional, podría ser inédito, y si hubiese una resolución condenatoria, sería "histórica y sin precedentes", según la plataforma. Según juristas consultados por la entidad, desde 1980 no hay recursos contra resoluciones de la Junta Electoral Central.

 

Escons Insubmisos pretende dar voz a los ciudadanos que votan en blanco o no votan porque están decepcionados y no se sienten representados por los actuales partidos políticos. Los escaños que obtuviese esta formación quedarían vacíos y no recibirían ningún tipo de retribución.

 

         2003-11-03

         www.aranzadi.es

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El Constitucional levanta la suspensión cautelar de tres de los cinco artículos de la Ley Catalana de Universidades

 

(EP).-El Tribunal Constitucional ha levantado la suspensión de tres de los cinco artículos de la Ley Catalana de Universidades (LUC) suspendidos cautelarmente desde el pasado 10 de junio. En concreto, el Constitucional ha levantado la suspensión de los artículos 46.a), 47.1d) y 86.2.

 

El conseller de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información, Andreu Mas-Colell, se mostró satisfecho por la decisión y confió en que la LUC "tiene una base jurídica sólida" y todos los artículos acabarán con una resolución favorable al Gobierno catalán.

 

El primer artículo hace referencia al uso de la denominación de catedrático o catedrático para la categoría superior del profesorado contratado doctor, que el Gobierno español considera patrimonio exclusivo de las categorías funcionariales.

 

El segundo se refiere al requisito de disponer de una acreditación de investigación para acceder a la categoría de profesor agregado o de una acreditación de investigación avanzada para acceder a la categoría de catedrático, emitidas por la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña (AQU) en el marco del nuevo modelo de profesorado contratado. El tercer y último artículo del que se ha levantado la suspensión cautelar es un artículo menor sobre las incompatibilidades de los miembros que pueden formar parte del Consejo Social de las universidades.

 

Los otros dos artículos que continúan suspendidos son el 29.3, que se refiere al cómputo del personal docente e investigador contratado, y el 148.2, referido a las evaluaciones efectuadas por otras agencias de calidad que no sean la catalana.

 

         2003-11-03

         www.aranzadi.es

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Jueces para la Democracia califica de indispensable el Registro Central para la Protección de la Violencia Doméstica

 

La Comisión de Violencia de Género de Jueces para la Democracia ha emitido un comunicado en el que califica de 'indispensable' la creación de un Registro Central para la Protección de la Violencia Doméstica, de cara a lograr operatividad de la Orden de Protección a las Víctimas de la violencia doméstica.

 

Jueces de la Democracia ha emitido un comunicado en relación al informe que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó el pasado 22 de octubre sobre el Real Decreto por el que se regula el Registro Central para la Protección de la Violencia Doméstica, el cual contó con el voto particular de cinco vocales progresistas del Consejo.

 

La citada Comisión valora positivamente, en primer lugar, el Informe aprobado por el Pleno, con el cual comparte sus recomendaciones en las que se insta a una mejora técnica, así como a la eliminación de contradicciones y deficiencias que se detectan en el proyectado Reglamento.

 

Esta asociación destaca la diferencia entre el citado Registro Central y el Registro Central de Penados y Rebeldes donde solo acceden resoluciones relativas a la firmeza de las sentencias y a su ejecución, así como la importancia de que la Policía Judicial pueda acceder al primero, debido a que ésta tiene encomendadas diligencias de prevención urgentes para evitar o hacer cesar hechos de violencia doméstica.

 

A su entender, este Registro Central debe asegurar plenas garantías de confidencialidad de datos y el acceso limitado a personas previamente autorizadas de cara a mejorar la respuesta policial, judicial y del Ministerio Fiscal ante este problema.

 

Desde Jueces para la Democracia, no se descarta debatir, en un futuro, la propuesta de algunos vocales del CGPJ, la cual no ha salido aprobada, de la creación de un Registro que diera publicad a la sentencias firmes que condenan a maltratadotes domésticos o de género, similar a la que ya existe en Castilla-La Mancha.

 

Para concluir, la citada Comisión de Violencia de Género estima que no se debe dilatar la puesta en marcha del Registro Central para la Protección de las Víctimas de Violencia Doméstica, el cual resulta indispensable para la operatividad de la Orden de Protección aprobada a finales de julio.

 

En su opinión, los poderes públicos -incluido el judicial- y toda la ciudadanía en general tienen la responsabilidad de mejorar de manera efectiva y real la protección de las víctimas.

 

         2003-11-03  

         www.vlex.com