
ÍNDEX
NOTÍCIES
____________________________________________________________________________
1.
La población
reclusa española crece un 20% tras la implantación de los juicios rápidos
2.
El jurado considera a Francisca González culpable del
asesinato de sus dos hijos en Santomera
3.
L´Audiència fixa un judici per una estafa perpetrada a
Figueres fa 12 anys
4.
Demanen 5 anys a un jove per oferir cocaïna a un policia a
l´Estartit
5.
EL TSJC dóna permís a un pres per visitar un familiar
operat del septe nasal
6.
El fiscal impulsa el «caso Forcem» y pide imputar a seis
cargos de UGT por el fraude de 100 millones
7.
Los Estados deben aplicar desde hoy la directiva europea
sobre el correo electrónico no solicitado
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MADRID.-
El número de internos en las prisiones españolas se eleva a 55.953, lo que
supone la cifra más elevada desde 1978. Además, la población penitenciaria aumentó
un 20,79% entre los pasados meses de abril y octubre con respecto al mismo
periodo del 2002, coincidiendo con el tiempo de implantación de los juicios
rápidos.
Las
mismas fuentes precisaron que 43.095 internos cumplen condena y el resto,
12.858, permanecen en prisión a la espera de la celebración del juicio, por lo
que la población reclusa es la más elevada de los últimos 25 años. Además, el
incremento experimentado en lo que va de año se sitúa en 7,51% con respecto a
los diez primeros meses del 2002, periodo que registró 52.046 presos.
A su
vez, el aumento más significativo, hasta el 20,79%, se ha producido en los
últimos seis meses en relación con el mismo periodo del año pasado.
Así,
a primeros del mayo de 2002 se contabilizaron 50.195 presos, cifra que aumentó
en 1.851 a finales de octubre, frente a los 2.236 presos más entre los mismos
meses de este año al pasar de que 53.717 a los 55.953, de ellos 51.466 hombres
y 4.487 mujeres, que consignan las últimas estadísticas penitenciarias.
Este
incremento, según precisaron las mismas fuentes coincide con la implantación el
pasado 28 de abril de los Juicios Rápidos, pero no se debe a la celeridad de
los procesos judiciales sino a la efectividad policial, entre otras causas.
2003-11-03
La
defensa pide a la juez que tenga en cuenta la eximente de malos tratos
MURCIA.-
El jurado popular ha encontrado culpable de dos delitos de asesinato a
Francisca González Navarro, que fue juzgada en la Audiencia Provincial de
Murcia, acusada de matar de manera alevosa a dos de sus hijos, de seis y cuatro
años, en su vivienda de Santomera. El veredicto rechaza que las drogas anularan
la consciencia de la parricida y pide que no se le conceda un indulto.
El
jurado, que se muestra contrario a que se pueda solicitar un indulto para la
acusada, considera que la procesada cometió los dos asesinatos siendo
consciente de lo que hacía, y aunque estima que ingirió cocaína y alcohol,
entiende que esto "no afectó ni a su conciencia ni a su voluntad".
El
fiscal y la acusación particular han reiterado su petición de condena de 40
años de cárcel, pero la duración de la pena será fijada ahora en sentencia por
la magistrada presidenta del jurado.
Los
nueve miembros del jurado emitieron este veredicto después de permanecer
reunidos desde primera hora en el Palacio de Justicia de Murcia.
Para
los miembros del jurado, cinco hombres y cuatro mujeres, la procesada ejecutó
el crimen en la madrugada del 19 de enero de 2002, "aunque el plan lo
había concebido con anterioridad", según el veredicto.
Intento
de eludir pruebas
Para
ejecutarlo, Francisca "entró en el dormitorio del matrimonio, donde
dormían sus dos hijos, y procedió a anudar al cuello de F.M., de seis años, el
cable del cargador exigiéndole, al despertarse éste por la agresión, que se
diera la vuelta y se pusiera boca abajo, para llevar a cabo su trabajo con mayor
facilidad".
Añade
el veredicto que el pequeño gritó en petición de auxilio, y aunque sus gritos
fueron escuchados por el hijo mayor del matrimonio, de 14 años, "éste no
acudió al dormitorio porque conocía que la madre les golpeaba con frecuencia y
pensó que también en esa ocasión les estaba golpeando".
Afirman
los jurados que "la madre apretó el cable hasta causar la muerte por
asfixia a sus dos hijos menores, que, además de las señales características de
la estrangulación que presentaban en los cuellos, tenían también otras lesiones
en sus caras".
Tras
cometer el doble crimen, Francisca González rompió el cristal de una ventana y
escondió unas joyas para hacer creer que personas desconocidas habían entrado
en la vivienda para robar.
Otras
de las acciones realizadas por ella, añade el veredicto, fue "desprenderse
de su pijama y meterlo en la lavadora, junto con la camiseta que llevaba el
mayor de sus hijos fallecidos, todo ello, en un intento de eludir
pruebas".
La
droga no afectó a su consciencia
Los
jurados dan por probado que la procesada "se drogaba desde varios años
atrás, y que el día de los hechos consumió cocaína y unos fármacos, pero estima
que "no afectó a su consciencia y voluntad".
También
recogen que estaba celosa de su marido desde que se enteró de sus infidelidades
"e incluso llegó a sentir miedo de él, ya que la pegaba con frecuencia y
la maltrataba psíquicamente", pero considera que ello "no afectó en
nada a su voluntad y consciencia".
Por
su parte, el letrado de la defensa, Cándido Herrero, dijo que "una vez que
el jurado ha dado por probados los malos tratos, que se tenga ello en cuenta y
no se aplique la ley con el máximo rigor".
La
magistrada-presidente indicó que la sentencia será dada a conocer en los
primeros días de la próxima semana. Al finalizar el acto judicial de el
viernes, Francisca González fue trasladada de nuevo a la prisión provincial de
Murcia.
El
veredicto más duro
En
contra de lo que ha ocurrido todos estos días, desde que se inició la vista
oral el pasado lunes, al acto de lectura del veredicto no acudió ni el esposo
de la acusada, José Ruiz, ni una hermana de éste, que le ha acompañado en todas
las sesiones del juicio.
Evaristo
Llanos, el abogado de la acusación particular, ha asegurado que el veredicto de
culpabilidad es el "más duro que se podía dar", y comentó que, tras
darle la enhorabuena al marido de Francisca González, éste le había contestado
que "la enhorabuena sería tener a sus hijos, no a su mujer en la
cárcel".
2003-11-03
GIRONA.-
L´Audiència de Girona ha previst celebrar aquesta setmana un judici per una
estafa que presumptament es va perpetrar fa 12 anys a Figueres. L´imputat per
aquest afer, M. C. C., seurà a la banqueta del Palau de Justícia perquè, segons
assegura el fiscal, va desviar un total de 35.459 euros. El representant públic
li demana tres anys de presó i que torni al banc perjudicat els diners que
suposadament va perdre.
L´acusat,
que fins al moment dels fets no tenia antecedents, presumptament va anar el 12
d´abril de 1991 a una sucursal de l´entitat Bankinter a Figueres i va
aconseguir que el banc abonés «a terceres persones» deutes que eren seus. El
Ministeri Públic concreta que M. C. C. va entregar un xec per valor de 26.444
euros d´un compte d´una altra entitat en representació d´una empresa.
Igualment, tal com apunta aquesta part, va lliurar un altre taló de 9.015 euros
per a una segona entitat. Quan el banc al qual es va adreçar el sospitós va
intentar cobrar aquestes quantitats no va poder.
Van
quedar impagats per falta de fons, «una circumstància que, en tot moment,
coneixia l´imputat, el qual es va valer d´aquesta maniobra per aconseguir el
desplaçament patrimonial al seu favor», aclareix la representació pública. DEG
2003-11-03
ddeg.Girona
Un
noi que presumptament va oferir droga a un policia de servei que anava de paisà
dins d´un bar de l´Estartit el 1999 s´enfronta a una petició de la Fiscalia de
l´Audiència de Girona de cinc anys de presó i a una multa de 360,60 euros. El
Ministeri Públic concreta que, després de conversar amb el sospitós, l´agent el
va detenir i li va confiscar quatre paperines de cocaïna i una peça d´haixix.
La sala penal del Palau de Justícia té previst jutjar aquest cas la pròxima
setmana.
El
succés es va desenvolupar la matinada del 28 de novembre de 1999, segons
aclareix el fiscal al seu escrit de conclusions provisionals. Sobre les 0.45
hores, el mosso d´esquadra que va atrapar l´inculpat estava treballant, de
paisà, dins d´un local de l´Estartit, a Torroella de Montgrí. Just en aquell
moment, d´acord amb la versió dels fets de la representació pública, l´encausat
es va apropar al policia i suposadament li va fer una proposta que el durà a la
banqueta dels acusats de l´Audiència.
La
Fiscalia manté que l´inculpat, el ciutadà marroquí F. B., li va preguntar si
volia mig gram de cocaïna. Aquesta part fins i tot especifica el preu que li va
presentar: 30 euros, 5.000 pessetes d´aleshores. En el moment en què el
processat va finalitzar la seva intervenció, el mosso es va identificar, afirma
l´acusació pública. Començaven els problemes per al sospitós, de 28 anys.
2003-11-03
El
Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) entén que una operació amb
anestèsia general de septe nasal ha de ser qualificada com a malaltia greu i
que, per tant, és suficient circumstància per atorgar el permís penitenciari a
un pres quan el pacient és un familiar seu, en aquest cas el seu germà. .
2003-11-03
La
Fiscalía Anticorrupción está impulsando la investigación que lleva a cabo la
juez de la Audiencia Nacional Teresa Palacios sobre el presunto fraude de al
menos 100 millones de euros detectado en 2001 en las subvenciones de los cursos
de formación continua de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo
(Forcem). La cuantía total de esos fondos ascendió a 630 millones de euros.
En un
escrito al que ha tenido acceso ABC, el fiscal Luis Rueda dirige a la juez
Palacios varias peticiones: de un lado, que seis de las piezas separadas que
componen la investigación sean remitidas a distintos juzgados para que
investiguen hechos que, por su escasa relevancia, ya no son competencia de la
Audiencia Nacional; en segundo lugar, reclama que la juez Palacios continúe la
investigación de otros doce expedientes de formación; en tercer lugar, solicita
que cite a declarar como imputadas a 17 personas, seis de ellas responsables de
UGT; y finalmente pide el archivo de otras cuatro piezas separadas al
considerar que de ellas no se derivan indicios delictivos. Ahora será la juez
quien daba pronunciarse sobre estas peticiones.
Centrado
ahora en un expediente
De
esta manera, el fiscal centra ahora su atención en un expediente que afecta a la
Federación Regional de Transportes, Común y Mar de la UGT de Madrid y, en
relación a él, solicita que se tome declaración a esas 17 personas, seis de
ellos responsables en distinta medida de UGT. Además, reclama a la Federación
Estatal de Comercio todos los contratos y acuerdos suscritos con cualquier
persona física o jurídica relacionados con los cursos de formación realizados
en 2001.
El
Ministerio Fiscal pide también a la juez que requiera a esa Federación los
documentos que acrediten el ingreso en cualquier cuenta bancaria de las
cantidades obtenidas como resultado de la concesión de los planes de formación;
las facturas recibidas de la federación por la realización de las acciones
formativas y la documentación que justifique los pagos realizados por este
motivo, así como la relación de los recibos emitidos, con identificación de sus
receptores cuando se trate de cheques, o de las cuentas corrientes
beneficiarias cuando sean transferencias bancarias.
También
opina que el juzgado debe reclamar idéntica documentación a la Federación
Regional de Transportes y a su vez pide al INEM el listado de los expedientes
que la Federación Estatal de Trabajadores de Comercio de UGT solicitó en 2001,
así como los que finalmente le fueron aprobados, especificando las cantidades
entregadas. El fiscal también se interesa por el estado de liquidación de los
expedientes.
Denuncia
de 2001
La
investigación del «caso Forcem»proviene de una denuncia de la Fiscalía en 2001,
en la que se alertaba de la posible existencia de fraude comunitario,
apropiación indebida y falsificación de documentos en las subvenciones de los
cursos de formación continua de la Fundación Tripartita para la Formación en el
Empleo (Forcem) del ejercicio 2001.
Entre
las irregularidades detectadas figuran cursos no impartidos, supuesta
falsificación de facturas, alumnos y empresas inexistentes y el cobro de
matrículas gratuitas.
En
aquellos momentos, la denuncia del fiscal daba cuenta de la existencia de una
«estructura de fingimiento, total o parcial (a veces cursos para cien personas
se dan a cuatro o cinco), destinada a llegar fondos, de forma irregular y
subrepticia, a la empresa o al sindicato». Las acciones formativas que
investiga la Audiencia Nacional están financiadas con fondos de la Unión Europea
y con el dinero que el INEM descuenta todos los meses de las nóminas de los
trabajadores.
«Actos
que pueden ser delictivos»
Ahora,
el fiscal del caso mantiene su tesis de que hubo actos que «pueden revestir
carácter delictivo» en parte de los cursos que fueron subvencionados. La
Fiscalía ha llegado a esta conclusión después de analizar el contenido de las
declaraciones que se han producido hasta ahora, de estudiar las actividades de
seguimiento realizadas por el INEM, de valorar las investigaciones efectuadas
por la Sección de Investigación de la Seguridad Social y de estudiar las
múltiples pruebas documentales aportadas a la causa.
Otra
de las peticiones del fiscal se dirige a la necesidad de desgajar de este
procedimiento varios expedientes que, una vez investigados, demuestran que, si
bien pudo haber alguna ilegalidad, «por su entidad no pueden repercutir en la
seguridad del tráfico mercantil o en la economía nacional, ni generar perjuicio
patrimonial en una generalidad de personas en el territorio de más de una
Audiencia». Además, la comisión de estas presuntas ilegalidades no parece
corresponder a una estructura organizada. En definitiva, hay algunos
expedientes cuya investigación, a juicio del fiscal, no debe proseguir en la
Audiencia Nacional, sino en otros juzgados como Pozuelo y Collado-Villalba
(Madrid), Pamplona, Jerez (Cádiz) y La Coruña.
Por
contra, otro grueso de expedientes debe seguir su instrucción en la Audiencia
Nacional al observar el fiscal que «el carácter organizado de dichas conductas,
que afectan a subvenciones públicas, sí les confiere capacidad para afectar a
la economía nacional, especialmente si se repara en la gran cantidad de cursos
subvencionados y de trabajadores implicados».
Anticorrupción
distingue así entre las irregularidades «que pueden calificarse como simples
casos de codelincuencia criminal que, en ocasiones, implican actividades
relevantes realizadas en diferentes lugares», y las que gozan de «carácter
organizado», de mayor gravedad.
Complejidad
del proceso y piezas
Dada
la complejidad de la investigación y el volumen de actuaciones judiciales que
se están llevando a cabo para desentrañar el nudo de las irregularidades -y no
tanto por la dificultad de entender el núcleo de la trama, sino por la gran
cantidad de personas a las que habrá que tomar declaración-, la juez Palacios
ha formado piezas separadas con los expedientes que en ellas se investigan.
En
este contexto, el fiscal del caso precisa que en los doce expedientes
identificados hasta ahora, excepto en uno, el solicitante de las subvenciones
es la Federación Estatal de Trabajadores de Comercio, Hostelería, Turismo y
Juego de la Unión General de Trabajadores. Por ello considera que, aunque la
localización de las enseñanzas impartidas por esta federación esté dispersa por
diferentes lugares de la geografía nacional, «existen indicios de que al menos
parte de las irregularidades tienen rasgos coincidentes», lo que «obliga a
investigar si tal pauta obedece a una mecánica prevista».
Solapamiento
de cursos
Aunque
en uno de los expedientes identificados por el fiscal, quien solicita la
subvención sea la Federación Regional de Transportes, Común, Mar de la UGT de
Madrid y no la Federación Estatal de Trabajadores de Comercio, el fiscal
considera que debe ser la Audiencia Nacional quien mantenga la investigación de
dicha pieza.
De
hecho, la entidad gestora de los cursos ha sido la empresa mercantil Formación
y Desarrollo de Empresas, Fodem, S.L., que a su vez es la encargada de la
ejecución de los cursos de formación de dos de los expedientes investigados, en
uno de los cuales el solicitante es la Federación Estatal de Trabajadores de
Comercio y en el otro, la empresa Recursos Didácticos, S.L.. Entre ellas «se ha
detectado un solapamiento en ciertas acciones formativas y alumnos».
Dadas
estas circunstancias, el fiscal propone citar como imputados a diecisiete
personas, cuatro de ellas vinculadas con la Federación Estatal de Trabajadores
de Comercio, Hostelería, Turismo y Juego de UGT, entre los que se encuentra el
secretario general de dicha federación, Francisco Domínguez, y las otras dos
restantes relacionadas con la Federación de Transporte Comunicaciones y Mar.
La
denuncia que en su día promovió la Fiscalía de la Audiencia Nacional -aunque
ahora a la competencia del caso es de Anticorrupción- tiene su origen en otra
que realizó una oficina del INEM, y a raíz de la cual el Grupo de Investigación
de la Seguridad Social (GISS), una Brigada policial adscrita al Ministerio de
Trabajo, investigó el 5% de los cursos subvencionados durante 2001 y detectó
irregularidades en el 95% de ellos.
En
aquel momento, el fiscal explicaba que la irregularidad que daba lugar a la
presunta conducta delictiva aparece cuando la empresa o sindicato que ha
recibido la financiación para ejecutar los cursos se apropia de los fondos y no
los organiza.
El
fiscal relata que dado que los planes de seguimiento del INEM comportan la
inspección de cómo, dónde y cuándo se han realizado las acciones formativas y
quiénes han participado en ellas, las empresas o los sindicatos tienen que
presentar documentación acreditativa de que los cursos han tenido lugar, aunque
en realidad no haya sido así.
Documentos
inciertos
A tal
efecto, la Fiscalía precisaba que se presentaron documentos que no corresponden
a la verdad, en los que aparecen firmas de trabajadores que supuestamente
habrían participado en los cursos, aunque no estuviera acreditado que así fue.
También existen documentos en los que se acredita que el curso ha tenido lugar
en determinada academia o centro, «cuando en realidad no ha sido así». En 2001
se realizaron 159.000 cursos y participaron 1.908.000 alumnos.
2003-11-03
Los
Estados miembros de la UE deben aplicar desde hoy la directiva europea
(ley-marco) sobre la
privacidad
y la protección de datos personales en las comunicaciones electrónicas, cuyo
objetivo principal es luchar contra la proliferación del correo electrónico
comercial no solicitado (spam).
Esta
directiva, que entra hoy en vigor, establece reglas estrictas e impone
obligaciones para garantizar la seguridad y la confidencialidad de las
comunicaciones en las redes electrónicas de
la
UE, incluidos internet y los servicios móviles, explicó hoy un portavoz
comunitario.
La
norma prohíbe el "spam" en toda la Unión Europea, así como camuflar
la identidad del remitente del correo o la utilización de una dirección de
expedición falsa, normas que se aplicarán también a los SMS (mensajes cortos a
través de teléfonos móviles).
Además,
define las condiciones que hay que respetar para instalar en los ordenadores
personales los chivatos o "cookies".
Estos
son los archivos que se instalan de manera automática en el disco duro de los
ordenadores de las personas que se conectan a una página de internet y van
registrando su paso por la red sin que
ellos
lo sepan.
De
esta forma, ni las "cookies" ni otros dispositivos invisibles de
vigilancia, como los programas informáticos que espían (spyware), podrán
recoger informaciones sobre los internautas ni podrán ser
utilizadas
a menos que el usuario haya dado su autorización.
Igualmente
señala las normas para explotar los datos de localización generados por los
teléfonos portátiles, que sólo podrán ser utilizados si el usuario da su
acuerdo explícito.
Las
únicas excepciones se refieren a la transmisión de datos de localización para
los servicios de urgencia y la transmisión a las fuerzas de seguridad, aunque
bajo condiciones estrictas y sólo con
objetivos
relacionados con la seguridad nacional o investigaciones criminales.
Según
el comisario europeo de Sociedad de la Información, Erkki Liikanen, esta
directiva "es un instrumento valioso que permitirá reforzar la confianza
de los consumidores en internet y las
comunicaciones
electrónicas".
Los
Estados miembros podrán igualmente prohibir el envío de mensajes electrónicos
no solicitados a las empresas, aunque para ello la Comisión Europea deberá
publicar una comunicación específica
antes
de fin de año.
Según
estimaciones de la Comisión Europea, el pasado mes de agosto el correo no
solicitado representaba el 50 por ciento del tráfico electrónico a nivel
mundial y en 46 por ciento en la UE.
2003-11-03
(EP).-La
Sala Tercera del Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a
trámite un recurso que la plataforma cívica Escons Insubmisos presentó contra
una decisión de la Junta Electoral Central (JEC) sobre las pasadas elecciones
municipales. El recurso se presentó contra el PSC por el presunto uso
partidista que hizo de la publicidad institucional del Ayuntamiento de
Barcelona durante la campaña electoral.
Los
demandantes creen que el eslogan del candidato socialista y actual alcalde,
Joan Clos, 'Vota BÉ', que no era una fórmula habitual de pedir el voto,
aprovechaba la campaña institucional que realiza el Consistorio desde el año
2000 con los lemas 'Recicla B', 'Fem-ho B', 'Mou-te B' y similares.
La
Junta Electoral Provincial, y posteriormente la JEC, desestimaron las quejas
presentadas por Escons Insubmisos, "por no resultar las razones fonéticas
esgrimidas, motivo bastante para resolver en los términos interesados".
El
recurso, la competencia del cual correspondía hasta ahora al Tribunal
Constitucional, podría ser inédito, y si hubiese una resolución condenatoria, sería
"histórica y sin precedentes", según la plataforma. Según juristas
consultados por la entidad, desde 1980 no hay recursos contra resoluciones de
la Junta Electoral Central.
Escons
Insubmisos pretende dar voz a los ciudadanos que votan en blanco o no votan
porque están decepcionados y no se sienten representados por los actuales
partidos políticos. Los escaños que obtuviese esta formación quedarían vacíos y
no recibirían ningún tipo de retribución.
2003-11-03
(EP).-El
Tribunal Constitucional ha levantado la suspensión de tres de los cinco
artículos de la Ley Catalana de Universidades (LUC) suspendidos cautelarmente
desde el pasado 10 de junio. En concreto, el Constitucional ha levantado la
suspensión de los artículos 46.a), 47.1d) y 86.2.
El
conseller de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información, Andreu
Mas-Colell, se mostró satisfecho por la decisión y confió en que la LUC
"tiene una base jurídica sólida" y todos los artículos acabarán con
una resolución favorable al Gobierno catalán.
El
primer artículo hace referencia al uso de la denominación de catedrático o
catedrático para la categoría superior del profesorado contratado doctor, que
el Gobierno español considera patrimonio exclusivo de las categorías
funcionariales.
El
segundo se refiere al requisito de disponer de una acreditación de investigación
para acceder a la categoría de profesor agregado o de una acreditación de
investigación avanzada para acceder a la categoría de catedrático, emitidas por
la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña (AQU) en el
marco del nuevo modelo de profesorado contratado. El tercer y último artículo
del que se ha levantado la suspensión cautelar es un artículo menor sobre las
incompatibilidades de los miembros que pueden formar parte del Consejo Social
de las universidades.
Los
otros dos artículos que continúan suspendidos son el 29.3, que se refiere al
cómputo del personal docente e investigador contratado, y el 148.2, referido a
las evaluaciones efectuadas por otras agencias de calidad que no sean la
catalana.
2003-11-03
La
Comisión de Violencia de Género de Jueces para la Democracia ha emitido un
comunicado en el que califica de 'indispensable' la creación de un Registro
Central para la Protección de la Violencia Doméstica, de cara a lograr
operatividad de la Orden de Protección a las Víctimas de la violencia
doméstica.
Jueces
de la Democracia ha emitido un comunicado en relación al informe que el Consejo
General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó el pasado 22 de octubre sobre el Real
Decreto por el que se regula el Registro Central para la Protección de la
Violencia Doméstica, el cual contó con el voto particular de cinco vocales
progresistas del Consejo.
La
citada Comisión valora positivamente, en primer lugar, el Informe aprobado por
el Pleno, con el cual comparte sus recomendaciones en las que se insta a una
mejora técnica, así como a la eliminación de contradicciones y deficiencias que
se detectan en el proyectado Reglamento.
Esta
asociación destaca la diferencia entre el citado Registro Central y el Registro
Central de Penados y Rebeldes donde solo acceden resoluciones relativas a la
firmeza de las sentencias y a su ejecución, así como la importancia de que la
Policía Judicial pueda acceder al primero, debido a que ésta tiene encomendadas
diligencias de prevención urgentes para evitar o hacer cesar hechos de
violencia doméstica.
A su
entender, este Registro Central debe asegurar plenas garantías de
confidencialidad de datos y el acceso limitado a personas previamente
autorizadas de cara a mejorar la respuesta policial, judicial y del Ministerio
Fiscal ante este problema.
Desde
Jueces para la Democracia, no se descarta debatir, en un futuro, la propuesta
de algunos vocales del CGPJ, la cual no ha salido aprobada, de la creación de
un Registro que diera publicad a la sentencias firmes que condenan a
maltratadotes domésticos o de género, similar a la que ya existe en Castilla-La
Mancha.
Para
concluir, la citada Comisión de Violencia de Género estima que no se debe
dilatar la puesta en marcha del Registro Central para la Protección de las
Víctimas de Violencia Doméstica, el cual resulta indispensable para la
operatividad de la Orden de Protección aprobada a finales de julio.
En su
opinión, los poderes públicos -incluido el judicial- y toda la ciudadanía en
general tienen la responsabilidad de mejorar de manera efectiva y real la
protección de las víctimas.
2003-11-03